DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES

DERECHO CIVIL JURISDICCIÓN FAMILIA
APODERAMIENTO DE PROCESOS ANTE LA JURISDICCIÓN CIVIL DE FAMILIA, QUE INVOLUCRAN DERECHOS DE MENORES O DE PAREJAS Y DE FALLECIMIENTOS TESTADOS E INTESTADOS, QUE SE PUEDEN RESOLVER TANTO NOTARIAL COMO CONTENCIOSAMENTE.

DERECHO CIVIL JURISDICCIÓN FAMILIA NOTARIAL
TODOS LOS PROCESOS QUE SE ADELANTEN ANTE NOTARIAS SE DEBEN RESOLVER DE COMÚN ACUERDO CON LOS INTERESADOS Y SERÁN ELLOS LOS DIRECTAMENTE RESPONSABLES DE LA VERACIDAD DE LOS ASUNTOS TRATADOS.

DERECHO CIVIL JURISDICCIÓN FAMILIA CONTENCIOSA
TODOS LOS PROCESOS EN LOS CUALES NO EXISTA UN CONSENSO DENTRO DEL CIRCULO DE INTERESADOS, DEBERÁ RESOLVERSE POR LA JURISDICCIÓN DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, DONDE LOS ASUNTOS SON REVISADOS POR LOS JUZGADOS RESPECTIVOS Y CONLLEVAN LOS SIGUIENTES PASOS:
- APODERAMIENTO.
- IMPOSICIÓN DE DEMANDAS
- CONTESTACIONES DE DEMANDAS.
- NOTIFICACIONES.
- AUDIENCIAS DE CONCILIACIÓN INICIAL.
- PRACTICA DE INTERROGATORIOS.
- TOMA DE TESTIMONIOS

DERECHO CIVIL JURISDICCIÓN FAMILIA CONTENCIOSA
- REDACCIÓN DE RECURSOS.
- IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES.
- REDACCIÓN DE ALEGATOS DE CONCLUSIÓN.
- SEGUIMIENTO HASTA EL FALLO DE LA PRIMERA INSTANCIA.
- Y PRIMERA REDACCIÓN DE APELACIÓN AL SUPERIOR, SI ASÍ LO ORDENA EL CLIENTE. 

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